Clasificación y remuneración en la administración pública

Una aplicación del sistema de clasificación por categorías es utilizado  por la administración pública colombiana.

En Colombia la rama ejecutiva del poder público nacional se halla dividida en dos grandes secciones: el sector centralizado que los constituyen los ministerios, los departamentos administrativos y las superintendencias, el sector descentralizado, que lo conforman los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del estado y las sociedades de economía mixta.

La constitución nacional, faculta al congreso para fijar las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorias de empleos en los ministerios, departamentos, superintendencias y establecimientos del orden nacional. El congreso puede delegar esta función en el presidente de la republica con base en precisas facultades y por un tiempo determinado.

Este sistema de clasificación, valorización y remuneración de cargos, presenta características interesantes y especiales, cuyas unidades básicas se pueden describir así:

NIVEL DIRECTIVO: Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de dirección general de organismos de la rama ejecutiva.

NIVEL ASESOR: Agrupa tanto los empleos cuyas tareas consisten en asistir y aconsejar directamente a los funcionarios que encabezan los organismos principales de la administración.

NIVEL EJECUTIVO: Comprende empleos cuyas funciones consisten en la dirección, coordinación y control de las unidades o dependencias internas de integrantes de la rama ejecutiva.

NIVEL PROFESSIONAL: Agrupa aquellos empleos a los que corresponden funciones cuya naturaleza demanda la aplicación de los conocimientos propios de cualquier carrera profesional reconocida por la ley

NIVEL TECNICO: Estan comprendidos los empleos cuyas funciones exigen la aplicación de los procedimientos y recursos indispensables para ejecutar una ciencia o un arte.

NIVEL ADMINISTRATIVO: Comprende empleos cuyas funciones implican el ejercicio de actividades de orden administrativo complementarias a las tareas porpias de los niveles superiores

NIVEL OPPERATIVO: comprende empleos cuyas funciones se caracterizan por el predominio de actividades manuales o de simple ejecución.

 

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